ARCA 2026: Estos son los nuevos montos que activan controles en transferencias y billeteras virtuales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —ex AFIP— mantiene bajo estricta vigilancia los movimientos financieros de los contribuyentes durante este mes de abril. Con el objetivo de detectar inconsistencias fiscales, el organismo actualizó los umbrales a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales (como Mercado Pago, Personal Pay o n1u) deben informar automáticamente cada operación.

A continuación, el detalle de los límites vigentes para evitar reportes automáticos y posibles pedidos de justificación de fondos.

Límites para Personas Físicas (Humanas)

Para los usuarios particulares, los montos mensuales acumulados que disparan el régimen de información son:

  • Transferencias y acreditaciones: Hasta $50.000.000. Superado este total mensual, la entidad debe reportar el movimiento.

  • Saldos mensuales: Si al último día hábil del mes el saldo en cuenta es igual o superior a $50.000.000.

  • Plazos fijos: El tope de información se eleva hasta los $100.000.000.

  • Consumo con tarjeta (Consumidor Final): Las compras se informan a partir de los $10.000.000 por operación.

  • Extracciones en efectivo: El control se activa desde los $10.000.000 mensuales.

Límites para Personas Jurídicas (Empresas)

En el caso de sociedades y empresas, los controles son más bajos para asegurar la trazabilidad comercial:

  • Transferencias, acreditaciones y saldos: El límite es de $30.000.000 mensuales.

  • Plazos fijos: Se informan a partir de los $30.000.000.

¿Qué sucede si se superan estos montos?

Es importante aclarar que superar estos límites no implica una multa inmediata, pero sí la generación de un reporte automático hacia ARCA. Ante esto, el organismo puede solicitar documentación que respalde el origen lícito del dinero, tales como:

  1. Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.

  2. Facturación de los últimos 6 meses (para monotributistas o responsables inscriptos).

  3. Certificados de ingresos emitidos por contador público.

  4. Boletos de compraventa (en caso de venta de bienes registrables).

Dato clave: Las transferencias entre cuentas propias (del mismo titular) también se computan para el total mensual, ya que el sistema detecta el ingreso de fondos en la cuenta de destino como una acreditación informable.

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