El Dato Económico: Guía paso a paso, Cómo presentar las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales ante la ex AFIP
Con los vencimientos a la vuelta de la esquina, repasar el procedimiento digital y tener la documentación a mano es clave para evitar multas. Los detalles de un trámite 100% online.
Llegó esa época del año que suele poner de cabeza a contribuyentes y contadores. Tras las últimas prórrogas oficiales de ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP), el calendario fiscal apremia: el próximo 27 de julio vence el plazo para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal anterior.
Si bien muchos contribuyentes delegan esta tarea en profesionales de las ciencias económicas —lo más recomendado para evitar errores de cálculo—, el proceso se realiza de manera totalmente digital a través de la plataforma oficial. A continuación, un desglose sencillo de cómo se presenta y qué hay que tener en cuenta.
1. El "búnker" digital: Clave Fiscal y Servicios Activos
Para iniciar cualquier trámite, el contribuyente debe ingresar a la web oficial del organismo recaudador utilizando su CUIT y su Clave Fiscal (que debe ser nivel 2 o superior).
Una vez dentro del portal, se debe buscar y habilitar el servicio denominado “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” o “Bienes Personales Web”, según corresponda. Si no aparecen en la pantalla de inicio, se añaden desde el "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal".
2. "Nuestra Parte": El espejo de la AFIP
Antes de empezar a llenar planillas, el sistema ofrece una herramienta clave: la pestaña "Nuestra Parte".
¿Qué es?: Es el registro de todos los datos que el fisco ya tiene sobre el contribuyente. Allí aparecen los movimientos bancarios, la compra de moneda extranjera, los autos o inmuebles registrados, los consumos con tarjeta de crédito y las retenciones sufridas durante el año. Es el punto de partida obligatorio para contrastar la información propia con la del organismo.
3. La carga de datos paso a paso
Para la confección de la declaración jurada, el sistema guía al usuario a través de diferentes solapas interactivas:
Rentas y Ganancias: Se declaran los ingresos del año según la categoría que corresponda (por ejemplo, cuarta categoría para empleados en relación de dependencia o profesionales independientes).
Deducciones y Gastos: Es el momento de cargar los conceptos que alivian la carga impositiva (cargas de familia, medicina prepaga, donaciones, alquileres, entre otros), los cuales idealmente ya debieron ser informados previamente a través del sistema SIRADIG.
Patrimonio (Bienes): Se detallan los bienes al 31 de diciembre del año a declarar: inmuebles, vehículos, dinero en efectivo (pesos o dólares), cuentas bancarias y participaciones societarias.
El Checklist: Qué papeles no te pueden faltar
Para que la carga no se vuelva una tortura, es fundamental tener ordenados los siguientes documentos:
[ ] Valuaciones fiscales: Escrituras de inmuebles y patentes de vehículos para corroborar el valor fiscalizado.
[ ] Resúmenes bancarios: Saldos de cuentas corrientes y cajas de ahorro al 31 de diciembre.
[ ] Certificados de retención: Comprobantes de los impuestos que ya te fueron retenidos por tu empleador o el banco.
[ ] Detalle de inversiones: Plazos fijos, bonos, acciones o criptoactivos.
4. El cierre: Presentación y formas de pago
Una vez completada la carga y verificada la consistencia de los datos, el sistema calculará de forma automática el saldo. Si todo es correcto, se procede a presionar el botón de "Presentar Declaración".
Si el saldo da "a pagar", el trámite no termina ahí. El sistema permite generar un VEP (Volante Electrónico de Pago) para abonar la diferencia a través de homebanking (red Link o PagoMisCuentas). En caso de no contar con el dinero en su totalidad, el organismo suele habilitar planes de facilidades de pago para financiar el saldo en cuotas.
Para quienes no tengan saldo a pagar pero superen el piso de ingresos brutos anuales estipulado por la norma, recuerden que tienen tiempo hasta el 31 de julio para cumplir con la presentación de la Declaración Jurada Informativa.
Afrontar las obligaciones fiscales a tiempo no solo evita dolores de cabeza y recargos financieros, sino que mantiene al día la salud patrimonial de cualquier ciudadano.




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