El Gobierno formaliza por DNU la expulsión de extranjeros que insulten a la Argentina o a sus símbolos patrios
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno encabezado por Javier Milei dispuso modificar el marco normativo migratorio para habilitar la expulsión y prohibir la entrada al país de personas extranjeras que expresen mensajes de odio, inciten a la violencia o realicen actos de hostilidad y ultraje contra la República Argentina, sus ciudadanos o sus símbolos patrios.
La medida, comunicada de manera oficial a través de los canales del Poder Ejecutivo, establece que las autoridades administrativas y de control migratorio podrán denegar el ingreso o tramitar la cancelación de residencia y posterior deportación de aquellos extranjeros que incurran en estas conductas, ya sea mediante declaraciones orales, escritas o manifestaciones públicas.
Los fundamentos del Decreto 681/2026
En los considerandos del DNU, el Poder Ejecutivo argumenta que, si bien la Argentina ha mantenido históricamente una tradición de hospitalidad y apertura hacia los inmigrantes, el ejercicio de la soberanía estatal faculta al Estado a fijar las condiciones de admisión y permanencia para garantizar el orden público y la cohesión social.
"Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negoc
iable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro paí s". — Oficina del Presidente de la República Argentina
El texto precisa que las restricciones alcanzarán tanto a quienes intenten ingresar desde el exterior como a aquellos que ya se encuentren en territorio nacional y hayan participado, instigado o emitido discursos de odio o agresiones motivadas en la nacionalidad argentina.
Controversia y debate constitucional
La promulgación del decreto generó inmediatas reacciones en el ámbito político y jurídico. Diversos constitucionalistas señalaron que la aplicación de deportaciones sumarias por la vía ejecutiva plantea reparos legales y de procedimiento.
Competencia judicial: Especialistas en derecho constitucional advierten que, conforme a la Carta Magna, una expulsión requiere de una instancia judicial garantizada y no puede quedar supeditada únicamente al criterio o interpretación discrecional de un organismo administrativo.
Control legislativo: Al tratarse de un DNU, la norma entra en vigencia de inmediato, pero deberá ser analizada por la Comisión Bicameral Permanente y mantenida en pie salvo que ambas cámaras del Congreso de la Nación la rechacen.
Esta decisión se suma a la serie de reformas en materia migratoria impulsadas por la administración oficialista, que en los últimos meses ha endurecido los controles fronterizos, los requisitos de permanencia y las causales de expulsión.



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