Sancionan beneficio impositivo para contribuyentes de Ingresos Brutos que financien proyectos culturales en Santa Fe
La Administración Provincial de Impuestos (API) reglamentó formalmente el incentivo fiscal destinado a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen aportes monetarios al Régimen de Promoción Cultural de la Provincia de Santa Fe, sancionado bajo la Ley N° 14.365.
A través de la Resolución General 0189/2026, el organismo recaudador santafesino dejó operativo el esquema mediante el cual las personas físicas o jurídicas que actúen como patrocinadoras o mecenas de proyectos culturales aprobados podrán tomar los montos aportados como pago a cuenta de su obligación tributaria en Ingresos Brutos, en los términos y topes contemplados en los artículos 17 y 18 de la mencionada norma legal.
Claves de la medida
Mecanismo de desgravación: Los fondos destinados al financiamiento de proyectos artísticos, patrimoniales y socio-culturales se imputarán directamente al pago del tributo provincial, reduciendo la carga impositiva final del aportante.
Marco legal: Se ejecuta en el marco de la Ley Provincial N° 14.365 de Promoción Cultural, que busca incentivar la articulación público-privada para el desarrollo de las industrias creativas y la preservación del patrimonio local.
Consulta de la resolución: El texto completo de la norma administrativa ya se encuentra disponible para su descarga en el portal oficial del Gobierno de Santa Fe (
www.santafe.gov.ar/normativa/), filtrando por Tipo de Norma: Resoluciones, Organismo: Administración Provincial de Impuestos y Año: 2026.
Con esta reglamentación, la provincia busca agilizar la atracción de capitales privados hacia el circuito cultural santafesino, ofreciendo certidumbre técnica y un trámite formalizado ante la API para la acreditación de los pagos efectuados.













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